El Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, firmó el 20 de febrero de 2020 un decreto presidencial que prohibe la importación de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), los Sistemas Similares sin Nicotina (SSSN) conocidos coloquialmente como “cigarros electrónicos” o vaporizadores, así como los productos para calentar tabaco. La prohibición de importación incluye también a consumibles y repuestos de los dispositivos. Este decreto atenta contra las normas democráticas establecidas en la división de poderes. El Poder Ejecutivo está imponiendo una decisión con fundamentos técnicos deficientes sobre un proceso (regulación) con implicaciones de salud pública que debe discutirse cuidadosamente en el Poder Legislativo. El decreto descarrila un proceso de regulación urgente que empezaba a tomar lugar en la Cámara de Diputados.
El decreto es grave también porque afecta directamente a un millón de consumidores, los cuales enfrentan una incertidumbre inaceptable sobre el abastecimiento de partes y consumibles. Muchos de estos consumidores son ex-fumadores que utilizan los dispositivos en sustitución del cigarro de tabaco. Existe el riesgo que muchos de ellos vuelvan a fumar por falta de abastecimiento o por temor o estigma. Consideramos esto como un desarrollo sumamente grave con implicaciones negativas a la salud de probablemente cientos de miles de personas. Otra consecuencia es forzar a muchas personas a un mayor nivel de ilegalidad y al riesgo de verse obligados a consumir productos y consumibles con control de calidad deficiente. Este decreto es una medida autoritaria que jamás tomó en cuenta las consecuencias adversas en ciudadanos comunes y corrientes cuyo único crimen fue dejar de fumar de una manera que la Secretaría de Salud y la tecnocracia global de la OMS desaprueban.
Tanto el decreto como el subsecuente anuncio de la Secretaría de Salud están pésimamente fundamentados desde el punto de vista técnico. Describen al uso de los dispositivos como una amenaza a la salud de la población prácticamente comparable al coronavirus, asignando a todo el vapeo (incluyendo al usual con nicotina) la causa del brote de enfermedades pulmonares que se dio en los EEUU (el llamado EVALI), el cual desde junio de 2019 ha causado 2700 hospitalizados y 60 decesos en el vecino país. Sin embargo, los Centros de Control y Prevención de Enfermedades (CDC) de los EEUU ya reconocen como causa principal de este brote al consumo por vaporizadores de cartuchos de THC tratados con aditivos como el acetato de vitamina E y adquiridos en el mercado negro. Lamentablemente, este reconocimiento apenas figura en la justificación técnica del decreto y en el comunicado posterior de la Secretaría de Salud.
La justificación técnica del decreto y del comunicado de la Secretaría de Salud enfatizan que el vapeo de nicotina es causante de los brotes de EVALI, señalando como prueba que un 16% de los afectados declararon haber vapeado únicamente líquidos basados en nicotina. Esta es una prueba sumamente deficiente, ya que este 16% se basa solo en testimonios de los afectados, no en pruebas toxicológicas. Estos testimonios no son pruebas confiables. La inmensa mayoría de estos afectados son hombres jóvenes originarios de estados de los EEUU en donde el consumo de THC es ilegal, por lo que al admitir este consumo se enfrentan a sanciones y estigma. Sin embargo, es evidente que el vapeo con nicotina nada tiene que ver con el brote EVALI. Basta mencionar que en este vapeo se utilizan genéricamente el mismo tipo de líquidos y dispositivos que operan con los mismos principios físicos. Son y han sido usados en todo el mundo por más de 40 millones de usuarios desde 2008, por lo que si el vapeo con nicotina fuera causante o coadyuvante del brote EVALI ¿como explicar entonces la ausencia de casos entre vapeadores con nicotina fuera de los EEUU en 2019? O la ausencia de casos en el periodo 2008-2019.
Es de suma importancia resaltar que esta prohibición solo afecta al consumo de nicotina: dispositivos para vaporizar líquidos basados en nicotina (SEAN, SSSN) y para calentar tabaco. NO AFECTA A DISPOSITIVOS NI CONSUMIBLES PARA VAPORIZAR THC. Este decreto no afecta a los dispositivos utilizados para vaporizar THC (vape pens) que son distintos a los utilizados con nicotina y/o saborizantes. Esto es sumamente grave, ya que la Secretaría de Salud y el decreto presidencial no protegen ni previenen a la población sobre el tipo de dispositivos (vape pens) y consumibles (THC) cuya adulteración por redes de mercado negro fue la principal causa de las enfermedades EVALI.
Este decreto presidencial no protege la salud de la población. Fracasa lamentablemente en alertar sobre la posible entrada a México de aquellos dispositivos vape pen para vaporizar THC que son los de mayor potencial de peligro. Difícilmente se protege la salud del millón de consumidores al entorpecer y descarrilar el proceso de regularización de todos los dispositivos. Es un acto autoritario que solo va a traer consecuencias adversas.
Instamos al Presidente de la República a revocar este decreto y solicitar a la Secretaría de Salud que colabore con el proceso de regulación iniciado en el Poder Legislativo. Si verdaderamente desea la slaud y el bienestar de la población, el presente decreto no es el camino.